Trasaldo de sede

Trámite

TRASLADO DE SEDE

Todo colegiado que labore en otra sede distinta a la sede donde se produjo su inscripción, tiene derecho a su traslado de sede, según se indica en los artículos 46°, 47°, 48°, 49° Y 50° del Reglamento Interno Nacional del Colegio de Psicólogos del Perú.

REQUISITOS:

  • Estar habilitado y al día en el pago de sus aportaciones.
  • No presentar adeudo por multas impuestas por el Colegio de Psicólogos del Perú.

DOCUMENTOS A PRESENTAR AL CDR XI – ANCASH:

  • Solicitud de traslado de sede, dirigida a decana del Consejo Directivo Regional XI - Ancash, Ps. Julia Hidalgo Vega, indicando sus datos personales, número de colegiatura, número de DNI, domicilio actual y Consejo Directivo al que desea trasladarse (descargar modelo de Solicitud de traslado de sede).
    A dicha solicitud deberá adjuntar:
    • 1.- Copia de DNI vigente y legible
    • 2.- Copia de la última boleta de aportaciones, que acredite estar al día en el pago de sus aportaciones.
    • 3.- Constancia de No Adeudo, emitida por CDR XI – Ancash (descargar modelo de Solicitud de constancia de no adeudo)
  • El expediente puede presentarse de manera física en nuestra oficina institucional de Nuevo Chimbote o de manera virtual (en 01 solo PDF) a través del correo electrónico cpsp.cdr.ancash@gmail.com

NOTA:

  • Esta solicitud continuará su trámite en el Consejo Directivo Nacional (CDN).
  • Luego en CDN emitirá una Resolusión. El CDR - XI Ancash se pondrá en contacto con el interesado(a) para hacer de conocimiento la resolución de traslado.
  • El traslado de sede, no implica la inhibición de la competencia de los procedimientos disciplinarios que se encuentren en trámite ante el Tribunal de Honor de Consejo Directivo Regional de origen al que pertenece el colegiado cuyo traslado se solicita. La ejecución de la sanción que emita el Tribunal de Honor del Consejo Directivo Regional de origen al que pertenece el colegiado, será comunicada por oficio al Consejo Directivo Regional de destino, quien procederá a la ejecución de la sanción.

Modificación del artículo 21° del Estatuto Nacional: traslado po cambio de sede. Feb/24

Cuando el colegiado se encuentre ejerciendo la profesión en una jurisdicción distinta a donde se encuentra adscrito por el playo mayor de un año, el colegiado deberá solicitar su traslado dentro de 20 días calendarios de cumplido dicho plazo; en todo caso, se procederá al traslado, de forma automática por el CDR de destino