Tribunal de Honor

Marco legal

TRIBUNAL DE HONOR

Según los artículos 37°, 38° y 39° del Estatuto Nacional del Colegio de psicólogos del Perú:

El Tribunal de Honor es el órgano encargado de determinar y aplicar la sanción al colegiado mediante un procedimiento administrativo disciplinario.

El Tribunal de Honor se constituye en cada Consejo Directivo Regional y asume competencia en primera instancia. El Consejo Directivo Nacional actúa en segunda instancia ante lo resuelto por el Tribunal de Honor y conforme al procedimiento establecido en las normas legales vigentes.

La competencia territorial del Tribunal de Honor se circunscribe a la del Consejo Directivo Regional, al lugar donde se comete la falta o infracción, o donde domicilia el que comete la falta o infracción.


CARGO

APELLIDOS Y NOMBRES

N° C.Ps.P.

PRESIDENTE

NAIDA JANYNE REYES ARANDA

15748

SECRETARIA

ERICA LUCY MILLONES ALBA

6627

VOCAL

WILVELDER TORIBIO PONTE PAREDES

15215